MIRADOR ANDINO AMAZÓNICO
Iniciamos esta sesión con el escrito del profesor investigador ecuatoriano Francisco Hidalgo, maestro en sociología, y profesor de la Universidad Central en Quito. El colega es copartícipe en la creación del proyecto Seminario Internacional A. Gramsci, una iniciativa intelectual que comprende el ámbito subregional Andino Amazónico, inspirado en el legado de Antonio Gramsci, y un conjunto de pensadores de diversa procedencia, pero articulados todos por la voluntad expresa de darle cabida en la lucha democrática presente a un quehacer más allá del capitalismo global, con el concurso autónomo de las multitudes que han hecho posibles los actuales respiros democráticos después de la asfixia dictatorial que segó tantas vidas y pretendió marchitar tantas esperanzas. N de la R.
DEMOCRATIZAR LA TIERRA Y LA ELABORACION DE LA LEY.
Por:
Francisco Hidalgo
Una
de las coincidencias importantes que ha traído la movilización social de estos
meses lluviosos y de retorno a las calles de las organizaciones campesinas e
indígenas, es la demanda por una ley de tierras por la vía de la iniciativa
popular, es decir intenta acercar la aplicación de los derechos
constitucionales de equidad en los recursos con los de participación
democrática, en la búsqueda de una democracia directa.
Coincidencia
importante porque articula la critica a la estructura de propiedad en la
tierra, con la crítica al autoritarismo y elitismo, del presidencialismo
verticalista, en la elaboración de propuestas de leyes a favor directo de los
sectores populares, afectando los intereses tanto de los poderosos grandes dueños de la tierra,
como de los jerarcas de las instituciones estatales.
La
ley de tierras tiene legitimidad y legalidad en tanto y en cuanto debe asumir
el mandato constitucional de “promover políticas distributivas que promuevan el
acceso del campesinado a la tierra” (art. 281: 4), y de “prohibir el latifundio
y la concentración de la tierra”, bajo los principios de “función social y
ambiental de la tierra” (art. 282).
La
presentación de propuestas legislativas por la vía de iniciativa popular es un derecho constitucional bajo el mandato
de alentar la “participación en democracia”, y algo más trascendente la
“democracia directa”.
Precisamente
en la Constitución el artículo que
establece el derecho a la iniciativa popular legislativa está ubicado bajo el
título de “participación y organización del poder”, así como el artículo que
establece la soberanía alimentaria, y con ella la redistribución de tierra y
agua, se encuentra en el marco del
titulo “régimen de desarrollo”. Dos pilares de un proyecto de nueva sociedad.
He
mencionado esto porque la tramitología legislativa y los cálculos muy
particulares de ciertos movimientos y partidos, respecto de los destinos de una
propuesta de ley de tierras, evualuando si el texto es el 50%
o el 75% correcto, o el 50% y 25% errado, haciendo abstracción del valor
de una legislación construida desde abajo, pudieran echar al traste algo
sustancial: la defensa del derecho a la iniciativa legislativa popular por encima
de las determinaciones de quienes controlan temporalmente las instituciones,
sea los ministerios en el ejecutivo, o las comisiones y curules parlamentarias.
Se
trata de no perder de vista uno de los
principios claves de esta época: la soberanía radica en el pueblo, el mandante
es el pueblo, las instituciones y sus jefes deben obedecer a dicho mandato.
Movimientos
campesinos e indígenas lograron recoger, entre octubre y febrero, alrededor de
40 mil firmas respaldando una propuesta de ley de tierras, que a su vez fue
construida en un proceso participativo y de síntesis llevada adelante por la
Conferencia de Soberanía Alimentaria.
En
este caso la Asamblea Nacional, dice la Constitución (art. 103) debe abrir las puertas para “tratar la
propuesta”, lo cual debería leerse como un mandato para desplegar un proceso
participativo de construcción de una ley de tierras y no generar tecnicismo
jurídicos para coartar el debate legislativo, bajo el lema de eliminarlo antes
de nazca.
Quizá el conjunto de movimientos campesinos e
indígenas, cuya autoridad política y moral está reconocida por todo el país,
pudieran armar un frente común para defender el derecho a legislar desde la
iniciativa popular. Porque, una de las lecciones del proceso reciente
ecuatoriano es que la democracia, para ser tal, debe construirse con métodos
democráticos.
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