viernes, 17 de agosto de 2012


DOCUMENTOS PARA EL DEBATE DE LA IZQUIERDA

La crisis del PDA no termina, y, por el contrario, el Comité Ejecutivo Nacional responde, airado, con argumentos ad hominem a lo resuelto por la Comisión  Nacional de Ética y Garantías, CNE. Lo cual explicita una situación de disputa por la legitimidad dentro de las instituciones del partido, que por momentos pareciera ir más allá del reconocimiento de las reglas existentes y su acatamiento. 

Todo lo cual  puede proyectar esta situación litigiosa, primero, alimentada por las expulsiones inconsultas de personalidades, - varios congresistas -, y, luego de un agrupamiento partidista, PCC, de los varios que coexisten y actúan dentro del Polo. Que tal y como lo anuncia la presidenta, Clara López, será individualizada en la persona de cada uno de los militantes del PCC para que realicen sus respectivos descargos respecto de la doble militancia con Marcha Patriótica.

Ninguno de los polistas, activos e inactivos, puede pasar por alto esta disputa coyuntural, ad portas del III Congreso, y la disciplina para "perros" que quiere cernirse sobre las cabezas de quienes no cohonestan, y mucho menos aceptan las disposiciones de una mayoría que no ha tenido éxito en desarrollar creativamente el así consignado en los Estatutos y programa como el Ideario de la Unidad. 

La asamblea general de militantes no solo tiene que tomar la palabra, sino decidir en consecuencia para enrutar en forma creativa la crisis orgánica que se da al interior del más importante partido de la izquierda colombiana en la última década, y auxiliar, sin sectarismo ni dogmas la de nuevo acertada intervención de la Comisión Nacional de Ética, CNE. Para evitar que la nave se hunda cuando más se necesita que esté a flote y voyante para que el PDA sea partícipe de un efectivo y plural bloque de izquierda que de pie a un promisorio campo contra-hegemónico con posibilidades de resolver el dilema de la guerra y ganar, por fin, la presidencia de Colombia. N de la R.


POLO DEMOCRÁTICO ALTERNATIVO
COMISIÓN NACIONAL DE ÉTICA Y GARANTÍAS
AUTO DE APERTURA DE PROCEDIMIENTO No. 1

La Comisión Nacional de Ética y Garantías del Polo Democrático Alternativo, en uso de sus
atribuciones legales y estatutarias, en especial de las que le confieren los incisos 1, 4 y 5 del
Artículo 39 de los Estatuto vigentes y la Resolución No. 1 de esta Comisión,

HECHOS:

1. En reunión del 9 de agosto de 2012, el Comité Ejecutivo Nacional aprobó la “Declaración del
Comité Ejecutivo Nacional del PDA” donde se considera que “la práctica de doble militancia
asumida por el Partido Comunista “ al “participar y promover la Marcha Patriótica”, “excluye
a sus miembros del Polo Democrático Alternativo” y “se contrapone” al Ideario de Unidad,
los Estatutos del Polo, a la Ley 1475 de 2011 sobre Partidos y Movimientos Políticos y a la
Sentencia C - 490 de 2011 proferida por la Corte Constitucional sobre el mismo tema.
2. Mediante oficio radicado el 13 de Agosto de 2012, los miembros del Comité Ejecutivo
Nacional, NIXON PADILLA RODRÍGUEZ Y GLORÍA CUARTAS MONTOYA, solicitaron a la
Comisión Nacional de Ética y Garantías (CNEG), abrir “investigación disciplinaria en contra de
los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional que votaron positivamente” dicha declaración.
Requieren también que “ de manera cautelar se suspenda provisionalmente” la misma,
mientras se esclarece si lo votado positivamente el 9 de agosto del 2012 es contrario o no a
“los Estatutos del PDA, a su Ideario de Unidad, la Constitución o a las Leyes que regulan la
materia de los partidos políticos”.

CONSIDERACIONES:

1. Corresponde a la Comisión Nacional de Ética y Garantías “vigilar, controlar, decidir e informar sobre el cumplimiento de las normas contenidas en la Ley, los Estatutos del Partido y su Código de Ética”, así como “exigir a las instancias del partido mediante procedimiento sumario no superior a 10 días, el cumplimiento de las normas consagradas en los estatutos” según el numeral 4 del Art. 39 de los Estatutos.
2. La Comisión Nacional de Ética y Garantías y en el nivel regional las Comisiones Departamentales respectivas son los únicos órganos competentes para adelantar procesos éticos - disciplinarios, y para decidir sobre los mismos; para sancionar a los afiliados y afiliadas de acuerdo a su comportamiento y para determinar según la gravedad de la falta si estas son de “amonestación privada, amonestación pública, suspensión de los derechos como miembro del PDA y separación pública del partido”. (Artículos 37 y 39 de los Estatutos y el artículo 25 del Código Nacional de Ética, respectivamente).
3. Como lo ha asumido la Comisión Nacional de Ética y Garantías en procesos anteriores y como lo plantean los Estatutos del PDA, sus militantes tienen la obligación de cumplir los principios y normas del partido al que voluntariamente se afiliaron, pero también derechos que deben exigirse y garantizarse, entre ellos la participación política, la conformación de tendencias, el debido proceso y el derecho a la defensa, también garantizados por la Constitución y la Ley.
4. La CNEG no ha proferido a la fecha ningún Auto de Apertura de Investigación, ni Decisión de Preclusión o Decisión Sancionatoria sobre presunta doble militancia de miembros individuales del Partido Comunista de Colombia, ni sobre este colectivo político en su conjunto.

RESUELVE:
PRIMERO. INICIAR investigación sobre el procedimiento y contenido de la Declaración del Comité Ejecutivo Nacional del PDA del 9 de agosto de 2012, en conformidad con los Estatutos del PDA, el Ideario de Unidad, el Código de Ética y la normatividad vigente.
SEGUNDO. SUSPENDER la decisión de exclusión del Partido Comunista mencionada en la Declaración Pública del 9 de agosto del 2012, hasta tanto concluya el procedimiento que por competencia legal y estatutaria le corresponde a la CNEG adelantar.
TERCERO. EXHORTAR al Comité Ejecutivo Nacional a respetar la autonomía y funciones de la Comisión Nacional de Ética y Garantías, así como a presentar solicitud de investigación y las pruebas correspondientes sobre el caso.
CUARTO. NOTIFICAR al Comité Ejecutivo Nacional, a la Dirección Nacional, a la Presidencia del
Polo Democrático Alternativo y a quienes presentaron la queja sobre el contenido de la presente
resolución.
QUINTO. COMUNICAR a la militancia del PDA y a la opinión pública los hechos, consideraciones
y resuelves aquí proferidos.
Dado en Bogotá, a los catorce (14) días del mes de agosto del año dos mil doce (2012),

EJECÚTESE Y CÚMPLASE
DONKA ATANASSOVA AURA MARIA PUYANA
JAIME MORENO (Ausente)
OLGA ROSERO
Conjuez CNEG
WILLIAM BARRIGA
Conjuez CNEG

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