miércoles, 11 de septiembre de 2013


DOCUMENTOS PARA EL DEBATE SOBRE LA CRISIS

Luego que se cumpliera la reunión de profesores de la facultad de Derecho y Ciencia Política, de la Universidad Nacional, sede de Bogotá, la rectoría y el rector general de la misma, han hecho circular el siguiente comunicado, el cual contrasta la información transmitida durante la reunión, en la que se hizo mención al decir del experto Libardo Sarmiento en relación con la radicación de documentos  en el Departamento de la Función Pública. 
La diferencia estriba, según aquí se indica, en que la primera radicación se hace ante el Minhacienda, y luego pasa a las demás instancias. Por lo que la verdad que se establece es parcial, pues, depende de a qué lugar se hace mención. Y aquí está el documento para hacer los respectivos cotejamientos en los demás puntos. N de la R.


RECTORÍA
VICERRECTORÍA GENERAL

COMUNICADO

Considerando lo importante que es para la Comunidad Universitaria tener claridad con respecto a la información que ha recibido durante los últimos días sobre condiciones salariales y de empleo de los Funcionarios Administrativos, la Dirección de la Universidad Nacional de Colombia enfatiza en los siguientes aspectos, algunos de los cuales ya han sido ampliamente tratados en pronunciamientos anteriores.

1.     Desde el año inmediatamente anterior, tanto el Sindicato de Trabajadores y Empleados Universitarios de Colombia (SINTRAUNICOL) como el Comité Pro-Mejora Salarial, presentaron ante la Rectoría de la Universidad, solicitudes en torno a las condiciones laborales y salariales. 

2.     En enero de este año, SINTRAUNICOL incorporó dichas peticiones, así como otras de similares características, en un Pliego de Solicitudes, cuyo proceso de negociación se enmarcó en su totalidad en los términos del Decreto 1092 de 2012, que fue expedido por el Gobierno Nacional para regular las condiciones en las cuales empleadores y organizaciones sindicales de empleados públicos dirimieran controversias laborales. 

3.     Las negociaciones con SINTRAUNICOL culminaron el pasado mes de julio, dando lugar a la suscripción del Acta de Acuerdos y Desacuerdos el 9 de agosto. En dicha Acta se encuentra incorporado el compromiso de dar trámite ante las instancias del Gobierno Nacional, al Estudio realizado con dicha Organización, cuyos aspectos fundamentales se basan en lo siguiente:
o Modernizar la Estructura de la Planta de Personal de la Universidad, a través de una Simplificación de Grados, es decir, fusionar grados sustentados en el cumplimiento de los requisitos para cada cargo. A manera de ejemplo, para el cargo X, compuesto por los grados 02, 04, 06 y 08, a partir de los Requisitos Mínimos para éste, los grados inferiores pasarían al siguiente, de forma tal que dicho cargo únicamente quedaría conformado por los grados 04 y 08. Lo anterior sin que conduzca a retiro o desvinculación alguna del Personal, sino, para el ejemplo, reubicación del grado 02 en el 04 y del 06 en el 08. Esto, por cuanto no se evidencian condiciones que diferencien tajantemente las Funciones asociadas entre los grados 02 y 04 así como entre el 06 y el 08. 

o  Nivelar las condiciones salariales de los Funcionarios Administrativos de la Universidad Nacional de Colombia con los de sus pares de otras Instituciones de Educación Superior de similares características, es decir, que nuestros trabajadores cuenten con remuneraciones acordes a las que se perciben en otras Universidades. Nuevamente, aquí se debe resaltar que este aspecto tampoco compromete ninguna forma de retiro o desvinculación del Personal (el documento completo estará disponible en los enlaces correspondientes aDocumentos en las páginas web de Rectoría y Vicerrectoría General)
4.    En función del citado Acuerdo con SINTRAUNICOL y conforme al procedimiento legal establecido en el ya mencionado Decreto 1092, la Dirección de la Universidad, mediante el oficio R-1190 del 12 de agosto de los corrientes, dio traslado del Estudio a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y Educación Nacional, así como al Departamento Nacional de Planeación, a la Gerencia Nacional Financiera y Administrativa y a la Dirección Nacional de Talento Humano. En el mismo sentido, al Departamento Administrativo de la Función Púbica, a través del oficio VRG-313 del 30 de agosto. Vale la pena insistir que bajo ninguna circunstancia la Dirección de la Universidad está promoviendo recortes en su Planta de Personal y más bien ha solicitado a las citadas instancias los espacios correspondientes para la exposición de éste y los demás estudios vigentes, tal como consta en los oficios que se encuentran para consulta por parte de los interesados, en los enlaces de las páginas web de la Rectoría y de la Vicerrectoría General de la Universidad.

5.    En lo que respecta a las solicitudes del Comité Pro-Mejora Salarial, se conformó una Mesa de Negociación integrada por delegados del Consejo Superior Universitario e integrantes del Comité Pro-Mejora Salarial, dando lugar al Acta de Acuerdos suscrita el 18 de marzo.

6.    De acuerdo con lo anterior, la Universidad facilitó todos los aspectos necesarios para llevar a cabo los Estudios solicitados por el Comité Pro-Mejora Salarial, respetando la designación de los expertos por ellos indicados y asumiendo el costo de los contratos necesarios para el desarrollo de su labor; igualmente los honorarios de los Expertos designados por la Universidad. Toda la información existente, conforme a sus requerimientos, fue puesta a su disposición.

7.    De dicha labor surgieron tres (3) Informes, los cuales no pudieron ser conciliados en uno solo. Frente a los distintos escenarios, la Vicerrectoría General se pronunció en forma técnica, pero, en aras de respetar las diferentes posiciones, en la reunión sostenida entre las partes el 16 de agosto para la evaluación de los Informes, se acordó su respectivo traslado al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Departamento Administrativo de la Función Pública (los documentos completos estarán disponibles en los enlaces correspondientes a Documentos en las páginas web de Rectoría y Vicerrectoría General).

8.    Estos tres Estudios apuntan a que los Funcionarios Administrativos de Carrera y Trabajadores Oficiales, cuenten con Incrementos Salariales que reconozcan un rezago acumulado por aumentos inferiores a los índices de inflación anual durante el período objeto de estudio.

9.    Mediante oficios R-1233 y R-1234 fechados 16 de agosto, disponibles para consulta en los enlaces de las páginas web de la Rectoría y de la Vicerrectoría General de la Universidad, se remitió tanto al Ministerio de Hacienda y Crédito Público como al Departamento Administrativo de la Función Pública, las cartas de presentación de estos Estudios. Tales oficios fueron radicados en las mencionadas instancias los días 21 y 22 de agosto, debido al fin de semana ampliado y a las condiciones de orden público que tuvieron lugar en el centro de la ciudad. Es preciso manifestar que en ellos se solicitan los espacios necesarios para la exposición de los documentos correspondientes.

10. A partir de las solicitudes efectuadas, el pasado 29 de agosto la Subdirección de Desarrollo Social del Ministerio de Hacienda y Crédito Público trasladó los documentos al Departamento Administrativo de la Función Pública para su respectivo concepto técnico. Con oficio recibido el 3 de septiembre, su Directora manifestó a la Rectoría su entera disposición para los análisis correspondientes. Es así como el pasado 9 de septiembre, los Expertos de los Estudios acordados con el Comité Pro-Mejora Salarial se reunieron en las instalaciones del Departamento Administrativo de la Función Pública para aclarar algunos aspectos metodológicos.

11. A su vez, el día de hoy, martes 10 de agosto, tuvimos ocasión de sostener una reunión con la Directora y el equipo de Técnicos del Departamento Administrativo de la Función Pública, para contextualizarlos sobre las condiciones que dieron origen a los cuatro (4) Estudios, su proceso de construcción, las fuentes de referencia y los aspectos que los sustentan conceptual y cualitativamente.

12. Para el Departamento Administrativo de la Función Pública es importante proceder con un análisis de mayor contenido y rigurosidad técnico, fundamentado en la realidad misma de la Universidad, de forma tal que nos ha informado que dada la solicitud especial efectuada por la Dirección de esta Alma Mater, le dará prioridad al análisis de los diferentes elementos que componen los cuatro (4) Estudios con el propósito de emitir su concepto antes de la fecha prevista por la Ley de Presupuesto como límite para la solicitud de modificaciones en las partidas presupuestales.

13. En lo que respecta a los resultados del estudio de la Comisión Bipartita relacionada con los efectos del artículo 4º del Acuerdo CSU 011 de 2004, correspondientes a movimientos en la Planta de Personal de la Universidad, contamos con el respectivo informe suscrito por las partes, de tal suerte que sea la Comisión Nacional de Carrera Administrativa quien fije en su próxima sesión la fecha en la cual lleve a cabo la reunión extraordinaria para el análisis a que haya lugar. Es importante precisar que desde un comienzo se acordó este procedimiento.

Esperamos que con esta completa información, la Comunidad Universitaria quede ilustrada sobre el esfuerzo que la Dirección de la Universidad ha realizado para cumplir cabalmente con los compromisos suscritos con los trabajadores administrativos. Finalmente, reiteramos que por convicción estaremos trabajando para alcanzar unas mejores condiciones salariales de todos los trabajadores de la Universidad.

Dado en Bogotá a los diez (10) días del mes de septiembre de 2013.


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