DOCUMENTOS PARA EL DEBATE SOBRE LA CRISIS
Luego que se cumpliera la reunión de
profesores de la facultad de Derecho y Ciencia Política, de la Universidad
Nacional, sede de Bogotá, la rectoría y el rector general de la misma, han
hecho circular el siguiente comunicado, el cual contrasta la información
transmitida durante la reunión, en la que se hizo mención al decir del experto
Libardo Sarmiento en relación con la radicación de documentos en el
Departamento de la Función Pública.
La diferencia estriba, según aquí se indica,
en que la primera radicación se hace ante el Minhacienda, y luego pasa a las
demás instancias. Por lo que la verdad que se establece es parcial, pues,
depende de a qué lugar se hace mención. Y aquí está el documento para hacer los
respectivos cotejamientos en los demás puntos. N de la R.
RECTORÍA
VICERRECTORÍA GENERAL
COMUNICADO
Considerando
lo importante que es para la Comunidad Universitaria tener claridad con
respecto a la información que ha recibido durante los últimos días sobre
condiciones salariales y de empleo de los Funcionarios Administrativos, la
Dirección de la Universidad Nacional de Colombia enfatiza en los siguientes
aspectos, algunos de los cuales ya han sido ampliamente tratados en
pronunciamientos anteriores.
1. Desde el año inmediatamente
anterior, tanto el Sindicato de Trabajadores y Empleados Universitarios de
Colombia (SINTRAUNICOL) como el Comité Pro-Mejora Salarial, presentaron ante
la Rectoría de la Universidad, solicitudes en torno a las condiciones laborales
y salariales.
2. En enero de este año, SINTRAUNICOL incorporó dichas peticiones,
así como otras de similares características, en un Pliego de
Solicitudes, cuyo
proceso de negociación se enmarcó en su totalidad en los términos del Decreto
1092 de 2012, que fue expedido por el Gobierno Nacional para regular las
condiciones en las cuales empleadores y organizaciones sindicales de empleados
públicos dirimieran controversias laborales.
3. Las negociaciones con SINTRAUNICOL culminaron el pasado mes de julio,
dando lugar a la suscripción del Acta de Acuerdos y Desacuerdos el 9 de agosto. En dicha Acta se
encuentra incorporado el compromiso de dar trámite ante las instancias del
Gobierno Nacional, al Estudio realizado con dicha Organización, cuyos aspectos
fundamentales se basan en lo siguiente:
o Modernizar la Estructura de la
Planta de Personal de la Universidad, a través de una Simplificación
de Grados, es decir,
fusionar grados sustentados en el cumplimiento de los requisitos para cada
cargo. A manera de ejemplo, para el cargo X, compuesto por los grados 02, 04,
06 y 08, a partir de los Requisitos Mínimos para éste, los grados inferiores
pasarían al siguiente, de forma tal que dicho cargo únicamente quedaría
conformado por los grados 04 y 08. Lo anterior sin que conduzca a
retiro o desvinculación alguna del Personal, sino, para el ejemplo, reubicación
del grado 02 en el 04 y del 06 en el 08. Esto, por cuanto no se evidencian
condiciones que diferencien tajantemente las Funciones asociadas entre los
grados 02 y 04 así como entre el 06 y el 08.
o Nivelar las condiciones
salariales de los Funcionarios Administrativos de la Universidad Nacional de
Colombia con los de sus pares de otras Instituciones de Educación Superior de
similares características, es decir, que nuestros trabajadores cuenten con remuneraciones
acordes a las que se perciben en otras Universidades. Nuevamente, aquí se debe
resaltar que este aspecto tampoco compromete ninguna forma de retiro o
desvinculación del Personal (el documento completo estará disponible
en los enlaces correspondientes aDocumentos en las páginas web de Rectoría
y Vicerrectoría General)
4. En función del citado Acuerdo
con SINTRAUNICOL y conforme al procedimiento legal establecido en el ya
mencionado Decreto 1092, la Dirección de la Universidad, mediante el oficio
R-1190 del 12 de agosto de los corrientes, dio traslado del Estudio a los
Ministerios de Hacienda y Crédito Público y Educación Nacional, así como al
Departamento Nacional de Planeación, a la Gerencia Nacional Financiera y
Administrativa y a la Dirección Nacional de Talento Humano. En el mismo
sentido, al Departamento Administrativo de la Función Púbica, a través del
oficio VRG-313 del 30 de agosto. Vale la pena insistir que bajo ninguna
circunstancia la Dirección de la Universidad está promoviendo recortes en su
Planta de Personal y más bien ha solicitado a las citadas instancias los
espacios correspondientes para la exposición de éste y los demás estudios
vigentes, tal como consta en los oficios que se encuentran para consulta por
parte de los interesados, en los enlaces de las páginas web de la Rectoría y de
la Vicerrectoría General de la Universidad.
5. En lo que respecta a las solicitudes
del Comité Pro-Mejora Salarial, se conformó una Mesa de Negociación integrada
por delegados del Consejo Superior Universitario e integrantes del Comité
Pro-Mejora Salarial, dando lugar al Acta de Acuerdos suscrita el 18 de marzo.
6. De acuerdo con lo anterior, la
Universidad facilitó todos los aspectos necesarios para llevar a cabo los
Estudios solicitados por el Comité Pro-Mejora Salarial, respetando la
designación de los expertos por ellos indicados y asumiendo el costo de los
contratos necesarios para el desarrollo de su labor; igualmente los honorarios
de los Expertos designados por la Universidad. Toda la información existente,
conforme a sus requerimientos, fue puesta a su disposición.
7. De dicha labor surgieron tres (3)
Informes, los cuales no pudieron ser conciliados en uno solo. Frente a los
distintos escenarios, la Vicerrectoría General se pronunció en forma técnica,
pero, en aras de respetar las diferentes posiciones, en la reunión sostenida
entre las partes el 16 de agosto para la evaluación de los Informes, se acordó
su respectivo traslado al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al
Departamento Administrativo de la Función Pública (los documentos completos
estarán disponibles en los enlaces correspondientes a Documentos en las páginas web de Rectoría
y Vicerrectoría General).
8. Estos tres Estudios apuntan a que
los Funcionarios Administrativos de Carrera y Trabajadores Oficiales, cuenten
con Incrementos Salariales que reconozcan un rezago acumulado por aumentos
inferiores a los índices de inflación anual durante el período objeto de
estudio.
9. Mediante oficios R-1233 y R-1234
fechados 16 de agosto, disponibles para consulta en los enlaces de las páginas
web de la Rectoría y de la Vicerrectoría General de la Universidad, se remitió tanto
al Ministerio de Hacienda y Crédito Público como al Departamento Administrativo
de la Función Pública, las cartas de presentación de estos Estudios. Tales
oficios fueron radicados en las mencionadas instancias los días 21 y 22 de
agosto, debido al fin de semana ampliado y a las condiciones de orden público
que tuvieron lugar en el centro de la ciudad. Es preciso manifestar que en
ellos se solicitan los espacios necesarios para la exposición de los documentos
correspondientes.
10. A partir de las solicitudes
efectuadas, el pasado 29 de agosto la Subdirección de
Desarrollo Social del Ministerio de Hacienda y Crédito Público trasladó los
documentos al Departamento Administrativo de la Función Pública para su
respectivo concepto técnico. Con oficio recibido el 3 de septiembre,
su Directora manifestó a la Rectoría su entera disposición para los análisis
correspondientes. Es así como el pasado 9 de septiembre, los Expertos de los
Estudios acordados con el Comité Pro-Mejora Salarial se reunieron en las
instalaciones del Departamento Administrativo de la Función Pública para
aclarar algunos aspectos metodológicos.
11. A su vez, el día de hoy, martes 10
de agosto, tuvimos ocasión de sostener una reunión con la Directora y el equipo
de Técnicos del Departamento Administrativo de la Función Pública, para
contextualizarlos sobre las condiciones que dieron origen a los cuatro (4)
Estudios, su proceso de construcción, las fuentes de referencia y los aspectos
que los sustentan conceptual y cualitativamente.
12. Para el Departamento Administrativo
de la Función Pública es importante proceder con un análisis de mayor contenido
y rigurosidad técnico, fundamentado en la realidad misma de la Universidad, de
forma tal que nos ha informado que dada la solicitud especial efectuada por la
Dirección de esta Alma Mater, le dará prioridad al análisis de los diferentes
elementos que componen los cuatro (4) Estudios con el propósito de emitir su
concepto antes de la fecha prevista por la Ley de Presupuesto como límite para
la solicitud de modificaciones en las partidas presupuestales.
13. En lo que respecta a los resultados
del estudio de la Comisión Bipartita relacionada con los efectos del artículo
4º del Acuerdo CSU 011 de 2004, correspondientes a movimientos en la Planta de
Personal de la Universidad, contamos con el respectivo informe suscrito por las
partes, de tal suerte que sea la Comisión Nacional de Carrera Administrativa
quien fije en su próxima sesión la fecha en la cual lleve a cabo la reunión
extraordinaria para el análisis a que haya lugar. Es importante precisar que
desde un comienzo se acordó este procedimiento.
Esperamos
que con esta completa información, la Comunidad Universitaria quede ilustrada
sobre el esfuerzo que la Dirección de la Universidad ha realizado para cumplir
cabalmente con los compromisos suscritos con los trabajadores administrativos.
Finalmente, reiteramos que por convicción estaremos trabajando para alcanzar
unas mejores condiciones salariales de todos los trabajadores de la
Universidad.
Dado en
Bogotá a los diez (10) días del mes de septiembre de 2013.
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