jueves, 24 de abril de 2014

CADENA DE ERRORES Y RETORNO DE PETRO, 
¿HASTA CUÁNDO?

Miguel Angel Herrera Zgaib

                                                                              Una providencial actuación de un magistrado de la sala agraria del Tribunal Superior, ordenó la restitución del alcalde defenestrado por acción definitoria del presidente de Colombia, desconociendo antes lo dispuesto por la CIADH, que había precavido para evitar tamaño desorden y desgreño ya producidos, por algo más de un mes, ordenar precautelativamente medidas, en tanto y cuanto se adelantaban las acciones administrativas y políticas impetradas contra el burgomaestre.

Vuelta a la excepcionalidad discrecional y revuelta ciudadana

Por fortuna, digo, porque el ejercicio contemplativo del Consejo de Estado, y el magistrado  Arenas, y el carácter condescendiente de la cabeza de la Corte Constitucional, el magistrado Vargas, quien habló para la platea, y no con acciones concretas. 

Amén de la estulticia, y autoritarismo del procurador de turno, han contribuido a "dorar la píldora" con perjuicio de toda la ciudadanía, e irreparable menoscabo a las libertades públicas, queriendo entronizar como práctica inveterada el ejercicio de la excepcionalidad constituido como forma de gobernabilidad en el ámbito posconstitucional, a raiz de las 
inconsecuencias democrático liberales de "los constituyentes" de 1991. 

Tal y como lo reconocieron actores de la AD-M19, antes y después, produciendo el Frankenstein institucional que ya conocemos, con una cara dizque democrática, y unas herramientas, unos dispositivos autoritarios y autocráticos.

Las responsabilidades del funcionariado

Estas en materia jurídico/administrativa  y política, en relación con el quehacer del alcalde Petro tienen dos instancias definitorias, de un lado el Consejo de Estado,  cuando se despache la acción de nulidad y restablecimiento del derecho; y de otro, la revocatoria o no de su mandato, de conformidad con la participación de los ciudadanos que lo eligieron y los que no, en su momento.

Por último, queda claro, que para este tipo de acción política democrático liberal es necesario hacerle una reforma, esto es que toda la ciudadanía pueda participar, incluida la que no voto o se abstuvo en el momento de la primera elección, porque todos somos perjudicados o beneficiados con tales actuaciones. 

Pero, esto se tratará cuando se extirpe el cáncer empotrado en una institución que originalmente tiene el interés fundamental de defender los D.H, el bloque de constitucionalidad que constituyen, y no de conculcarlos. 

Esto tiene remedio

Pero esto tiene remedio, y es una verdadera democracia, que aún no la tenemos. Por ello aún existe el derecho a rebelarse, tal y como se consagra en la Carta Fundamental de la ONU, aunque sátrapas de todos los pelambres busquen ocultarlo, disfrazarlo, o censurarlo.

Bien por la democracia en Bogotá. Y claro, presidente, procurador, alcalde (e), y  cortes tienen que rectificar su yerro. Y la ciudadanía no perder la memoria de lo experimentado.  

Cada una de esas autoridades, cuando menos, tendrá que recibir una sanción moral, y por qué no pecunaria por la estulticia cometida; y la negación de una forma internacional de evitar y precaver abusos como lo es la CIDH y la Corte Interamericana.

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